CONCURSOS DE OPOSICIÓN
El Estatuto para el personal Académico de la UNAM, establece en su artículo 66, capitulo I, que:
Los concursos de oposición son los procedimientos para el ingreso o la promoción de los profesores e investigadores. El concurso de oposición para ingreso, o concurso abierto, es el procedimiento público a través del cual se puede llegar a formar parte del personal académico como profesor o investigador de carrera interino, o a contrato, o como profesor definitivo de asignatura.
El concurso de oposición para promoción, o concurso cerrado, es el procedimiento de evaluación mediante el cual los profesores o investigadores de carrera, interinos o a contrato, pueden ser promovidos de categoría o de nivel o adquirir la definitividad; y los definitivos de carrera y asignatura ser promovidos de categoría o de nivel.
Los profesores e investigadores al servicio de la UNAM cualquiera que sea su categoría o nivel podrán participar también en los concursos de oposición para ingreso o concursos abiertos, con el solo objeto de ser promovidos de nivel o de categoría.
Artículo 67.- Pueden solicitar al consejo técnico respectivo que se abra un concurso de oposición:
a) El director de la dependencia;
b) El consejo interno;
c) Tres o más miembros del mismo consejo técnico;
d) Los interesados en los casos expresamente previstos en el presente Estatuto.
Consulta las Convocatorias de reciente publicación (tomadas del sitio de Gaceta UNAM)